Objeto: Las siguientes reglas y regulaciones se establecen para regular la convivencia, las buenas relaciones vecinales, el uso adecuado de las instalaciones y servicios comunes, y para asegurar un ambiente de convivencia armónico para todos los residentes e invitados, de acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).
Este documento es de obligado cumplimiento para todos los propietarios y cualquier persona que ocupe una vivienda, incluyendo familiares, inquilinos, invitados y personal de servicio. Todos los propietarios son responsables de garantizar el cumplimiento de estas normas por parte de ellos mismos, sus familiares, invitados y cualquier inquilino.
Las normas contenidas en este reglamento son de obligado cumplimiento. Tanto los empleados de la comunidad como cualquier propietario podrá notificar su incumplimiento a la Junta de Gobierno o al Administrador.
El Administrador o la Junta de Gobierno notificarán por escrito cualquier violación de las normas al propietario. Si no es posible entregarla en mano, se podrá notificar por email al propietario de la vivienda.
Los propietarios deberán presentar sus quejas, sugerencias y observaciones por escrito, dirigiéndolas al Presidente o al Administrador de la comunidad.
El propietario de la vivienda es el único responsable de cualquier infracción de estas reglas, sin importar quién la haya cometido (familiares, invitados o inquilinos).
El propietario asumirá todos los gastos de reparación o sustitución derivados del uso incorrecto de los bienes de la comunidad. Esto incluye los daños ocasionados por sus inquilinos.
La Comunidad podrá exigir al propietario la reparación de daños y perjuicios. El propietario responderá directamente ante la Comunidad por las molestias que puedan causar los ocupantes de sus bienes privativos.
En los casos de incumplimiento reiterado de las normas de alguno de los propietarios, se necesitará autorización en la Junta de propietarios mediante mayoría simple, para que el Administrador o el Presidente inicien las acciones administrativas o judiciales pertinentes.
Capítulo 2: Normas Generales de Convivencia
Los apartamentos serán destinados exclusivamente a viviendas, prohibiéndose cualquier tipo de actividad ilegal, incómoda, insalubre o peligrosa. No se permite la crianza de animales o vegetales como actividad comercial. Se permiten actividades profesionales compatibles con el uso residencial, siempre que no generen molestias, ruidos, afluencia de público ni vulneren la normativa vigente.
Según la normativa local entre las 00:00 h y las 08:00 h, los residentes e invitados deben abstenerse de hacer ruido, o cualquier otra actividad que pueda perturbar la tranquilidad de la comunidad.
Los fines de semana se permiten trabajos de mantenimientos en las viviendas únicamente los sábados desde las 9:00 hasta las 16:00.
Los aparatos de radio, televisión y otros dispositivos de sonido deben regularse en todo momento para no molestar a los vecinos según los límites de ruido establecidos en la Ordenanza Municipal de Ruidos de Fuengirola.
Para fiestas o reuniones que puedan alterar esta disposición, se deberá pedir permiso previo por escrito al presidente de la Comunidad.
No se tolerará el abuso verbal o físico hacia residentes o personal de la comunidad. Se prohíben reuniones y tertulias en voz alta en zonas comunes que puedan perturbar la paz vecinal.
Está prohibido fumar en todos los espacios interiores comunes, incluyendo ascensores, escaleras, rellanos, piscinas, pasillos, zonas de descanso y garaje. También está prohibido fumar o cultivar marihuana o sustancias ilegales en las zonas comunes.
Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en las zonas comunes, salvo en eventos previamente autorizados por la Junta de Gobierno.
No podrán acudir a la piscina menores de 12 años sin acompañamiento de un adulto. Los adultos son responsables directos de los actos cometidos por los menores de 12 años que convivan con ellos y de asegurarse que cumplan todas las normas de este reglamento.
Los muebles y sillas de la comunidad son propiedad común y no pueden ser reservados. Deben ser compartidos de manera justa y equitativa.
Se prohíbe pisar las zonas ajardinadas y lugares no previstos para el paso. Nadie podrá dañar, alterar o ensuciar las obras de jardinería.
Las puertas de acceso a la comunidad deben mantenerse cerradas en todo momento.
Al entrar o salir con un vehículo, el conductor debe esperar a que la verja se cierre completamente antes de continuar.
Los mandos de acceso no deben prestarse a personas que no sean residentes o representantes autorizados del propietario.
Queda prohibido impedir el cierre de las puertas de seguridad, escalarlas o poner en peligro la seguridad de la comunidad.
Solo se permiten animales domésticos de compañía habituales (perros, gatos, etc.). Queda prohibida la tenencia de animales exóticos, peligrosos o de granja.
En las zonas comunes, los animales deben ir siempre sujetos con correa y bajo control. No podrán ir sueltos bajo ningún concepto.
El propietario deberá evitar ladridos o ruidos molestos de los animales, especialmente durante las horas de descanso.
El propietario está obligado a recoger inmediatamente los excrementos de su animal y a limpiar la zona afectada. Está prohibido depositar los excrementos en las papeleras de la comunidad. Los costes de limpieza y desinfección correrán a cargo del propietario.
Toda la basura debe ser depositada correctamente en los contenedores designados. Las bolsas deben estar cerradas herméticamente.
Está prohibido dejar bolsas de basura en pasillos, rellanos, garajes, jardines u otras áreas no autorizadas.
El horario para depositar la basura es a partir de las 20:00 horas, de lunes a sábado, respetando siempre la ordenanza municipal.
Está prohibido abandonar enseres, electrodomésticos o materiales de obra en cualquier lugar de la urbanización.
Está estrictamente prohibido tirar toallitas húmedas, productos de higiene femenina, pañales u otros artículos no desechables por el inodoro, ya que provocan graves y costosos atascos en las tuberías generales de la comunidad.
Queda prohibido sacudir manteles, alfombras, etc., desde terrazas o ventanas.
Al limpiar terrazas o balcones, se debe tener especial cuidado para evitar que las aguas residuales caigan sobre las propiedades de los vecinos de abajo.
Se prohíbe barrer o arrojar basura o cualquier tipo de desperdicio al jardín del apartamento de la planta baja. Si esto ocurriera, incluso accidentalmente, el responsable deberá encargarse de la retirada de los enseres o desperdicios no deseados.
No se permiten modificaciones en terrazas y jardines sin la aprobación previa de la Junta de Gobierno. La colocación de toldos, cerramientos o pérgolas deberá seguir el patrón de homogeneidad aprobado por la Comunidad. Se deberá usar el código color para textil de los toldos es el PAL 2143.
No está permitido colgar ropa, toallas u otros artículos sobre las vallas o balcones de cristal.
El tendido de ropa debe hacerse en los sitios destinados para ello sin sobrepasar la altura de las barandillas.
Solo se autorizan barbacoas de gas o eléctricas, siempre que no causen molestias a los vecinos.
Las obras privadas que puedan causar ruidos o molestias deben ser comunicadas al Administrador y deben respetar estrictamente los horarios de descanso establecidos en este reglamento.
AVISO: La piscina puede permanecer cerrada por razones operativas, de salud o seguridad. Se comunicará su apertura y cierre a través de comunicados oficiales o los tablones de anuncios.
Horario: El horario de uso, cuando esté abierta, será desde las 9:00 hasta las 21:00. Está prohibido bañarse fuera del horario acordado.
Temporada: La temporada de piscinas comprende desde Abril hasta Octubre. Las fechas exactas de apertura y cierre serán comunicadas por la administración.
Acompañantes: Los menores deben estar acompañados y supervisados por un adulto en todo momento.
Higiene: Es obligatorio ducharse antes de entrar en el agua. Se prohíbe el uso de jabones o geles en las duchas de la piscina.
Prohibiciones dentro del Recinto:
No se permiten botellas de vidrio, recipientes de cristal ni objetos cortantes.
No se debe consumir comida ni bebida en el área inmediata de la piscina.
Las mascotas están estrictamente prohibidas (excepto perros guía).
Está prohibido fumar.
No se permiten barbacoas ni fiestas no autorizadas.
No se permite escuchar música sin auriculares.
Flotadores y Colchonetas: Se permiten flotadores grandes o colchonetas solo si no causan molestias o incomodan a otros usuarios.
Invitados: Los invitados deben estar siempre acompañados por un propietario. El número máximo de invitados por vivienda es de cuatro personas.
Autoridad del Socorrista: En caso en que hubiera, el socorrista está autorizado para hacer cumplir estas normas y solicitar que se abandone la zona en caso de incumplimiento.
Solo se permite el aparcamiento de vehículos en las plazas de garaje asignadas a cada vivienda. Las zonas comunes deben mantenerse siempre despejadas.
La velocidad máxima de circulación es de 20 km/h.
Se prohíbe realizar reparaciones de vehículos, así como guardar remolques o autocaravanas.
No se deben sobrepasar los límites de peso o capacidad indicados. Está prohibido transportar objetos que por su tamaño o naturaleza puedan causar daños al ascensor.
Este reglamento afecta de idéntica forma a todos los ocupantes de las viviendas, ya sean propietarios, arrendatarios o cualquier otro titular.
Registro Obligatorio: Los propietarios de apartamentos de larga duración podrán comunicar a la administración únicamente por razones informativas y administrativas.
Aceptación de Normas: El propietario debe entregar una copia de este reglamento a sus inquilinos y asegurarse de que estos firmen un documento de acuse de recibo y aceptación de las normas. La violación del cumplimiento de este reglamento recae exclusivamente en el propietario de la vivienda, trastero o plaza de garaje. El inquilino debe respetar las normas de convivencia y uso de zonas comunes (art. 7).
Responsabilidad Directa: Como se establece en el Artículo 3, el propietario responderá directamente ante la Comunidad por las molestias, perjuicios, daños e infracciones que causen los ocupantes de su vivienda.